Lo que realmente está en juego en el debate sobre violencia vicaria es la protección de niñas y niños frente a conflictos de adultos.

El caso de Estela en Coahuila encendió una discusión que rápidamente se salió del terreno jurídico para instalarse en la arena digital. Tras su vinculación a proceso por violencia vicaria, la titular de la Secretaría de las Mujeres calificó la decisión como “un error”. Bastó esa declaración para que en redes sociales surgieran acusaciones graves: que el Gobierno busca “dejar impunes a las mujeres”, que se pretende “eliminar la presunción de inocencia de los hombres”, que la ley vicaria es un instrumento de privilegio.

Pero el debate público se ha construido sobre una premisa equivocada.

En México, ninguna ley establece que una mujer pueda impedir el contacto entre un padre y sus hijas o hijos sin enfrentar consecuencias. La obstrucción de convivencia, la violencia familiar y las conductas que vulneran el interés superior de la niñez siguen siendo sancionables. Si una mujer u hombre incurre en estas prácticas sin justificación legal, puede y debe responder ante la ley. En medio de la polémica, la diputada local Lupita Oyervides expresó que en Coahuila la ley no tiene género, al referirse a que la ley se aplica para hombres o mujeres por igual.

Entonces, ¿qué está en discusión?

Cuando un hijo es utilizado como arma, hay violencia familiar. Ilustración: Freepik

La clave está en la definición misma de violencia vicaria. Este delito no se refiere simplemente a conflictos de custodia o a disputas por convivencia. Se tipificó para atender una forma específica y cruel de violencia ejercida por un padre o una madre, aquella en la que un agresor utiliza a las hijas e hijos como instrumentos para dañar a la otra parte. Es una dinámica donde las infancias son convertidas en herramientas de control, castigo y tortura emocional, siendo parte de las víctimas.

Confundir esta figura con cualquier conflicto familiar distorsiona su sentido y trivializa su origen.

En un Estado de derecho, la precisión importa. No todo acto injusto es violencia vicaria, pero sí puede constituir un delito.

El problema es que el debate digital ha reducido la complejidad jurídica a consignas ideológicas. Se presenta el asunto como una guerra de géneros, cuando en realidad se trata de algo mucho más delicado: la protección de niñas y niños frente a conflictos de adultos.

En cualquier escenario, sea el agresor hombre o mujer, cuando un hijo es usado como arma, hay violencia familiar. Y la principal víctima no es la madre ni el padre: es la infancia.

La tipificación de la violencia vicaria no nació para otorgar privilegios, sino para nombrar y sancionar una forma extrema de violencia que durante años quedó invisibilizada. Defender su correcta aplicación no significa cerrar los ojos ante otras formas de violencia. Significa entender que el derecho penal exige rigor, no improvisación.

El verdadero riesgo no es que una mujer sea o no procesada por un tipo penal específico. El riesgo es banalizar una figura jurídica creada para enfrentar una de las expresiones más crueles de la violencia y, al mismo tiempo, perder de vista el principio que debería guiar cualquier discusión: el interés superior de la niñez.

Porque cuando los hijos se convierten en armas, toda la sociedad pierde.